Hipoteca Inversa, producto hipotecario poco conocido hasta ahora, surgió en España por el año 2005. Hasta hoy poco se ha dicho de ella. Pero ahora, la desaceleración inmobiliaria, el envejecimiento de la población y las nuevas estructuras familiares entre otros factores, hacen este producto hipotecario atractivo con distintos fines:
Pasar una mala racha: los mayores de 65 años son los únicos que pueden contratarla, pueden obtener una renta mensual que ayude a su baja pensión, sin tener que abandonar su vivienda.
Mantener el nivel de vida anterior a la jubilación: para mayores que sufren un drástico recorte de sus ingresos una vez jubilados, con la hipoteca inversa consiguen unos € extras que sumados a su pensión le permiten seguir su nivel de vida anterior a la jubilación o incluso mejorarlo.
Pasar una mala racha: los mayores de 65 años son los únicos que pueden contratarla, pueden obtener una renta mensual que ayude a su baja pensión, sin tener que abandonar su vivienda.
Mantener el nivel de vida anterior a la jubilación: para mayores que sufren un drástico recorte de sus ingresos una vez jubilados, con la hipoteca inversa consiguen unos € extras que sumados a su pensión le permiten seguir su nivel de vida anterior a la jubilación o incluso mejorarlo.
En familias sin hijos o con muchos herederos: en el primer caso al no tener herederos, los ancianos sin hijos pueden obtener el máximo partido a su vivienda. En el segundo caso, pueden evitar el problema de tener tantos herederos y no saber a quien dejar en herencia la propiedad. Por tanto el matrimonio de ancianos decide disfrutar del valor de su piso en vida.
Ancianos con más de una vivienda: la hipoteca inversa puede beneficiar a las familias con segundas residencias, gracias a la liquidez que pueden obtener con una de sus viviendas pueden vivir desahogadamente.
Capear el momento bajo que vive el sector inmobiliario: ya que ahora los pisos tardan más en venderse y gracias a la hipoteca invesa usted puede sacar partido de su vivienda. Recurrir a la hipoteca inversa después de intentos fallidos por vender su vivienda se ha convertido en una práctica cada vez más habitual.
Regulación de la Hipoteca Inversa
La reforma de la Ley Hipotecaria regulará la figura de la 'hipoteca inversa', que sólo podrá ser suscrita por personas mayores de 65 años o dependientes y que contempla que, aunque se agote la renta que aporta la entidad financiera en función del valor de tasación de la vivienda, el titular de la misma pueda seguir viviendo en su casa. Al fallecimiento del adquiriente, los herederos tendrán dos posibilidades, o bien que la entidad ejecute la hipoteca, esto es, que los herederos vendan la vivienda, o bien que paguen la deuda que ha generado la hipoteca inversa y recuperen el inmueble. Además, la única garantía que tendrá el banco para recuperar el dinero es la hipoteca de la vivienda, pero nunca podrá ir contra cualquier otro bien de los herederos.
Preguntesé:
¿contrataría una hipoteca inversa para vivir desahogadamente o preferiria tener la vivienda libre de hipoteca y que la disfruten sus herederos?
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