El Congreso remite al Senado la normativa sobre los préstamos para vivienda. La norma introduce mejoras técnicas, aparca la rebaja de impuestos, y regula las nuevas hipotecas inversas, con beneficios fiscales.
Después de ocho meses de tramitación, la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso dio luz verde al proyecto de reforma del mercado hipotecario, que ahora continuará su tramitación en el Senado (si las cosas no se tuercen el texto podrá estar aprobado definitivamente antes de que termine la legislatura). Se trata de una norma esencialmente técnica, para modernizar una regulación diversa que data de los años noventa, de los ochenta, e incluso de los cuarenta.
El texto, no obstante, ha aguado algunas de las expectativas depositadas en la reforma: de un lado, deja fuera una rebaja de impuestos asociados a las escrituras, lo que hubiera abaratado más las modificaciones de las hipotecas; de otra parte, verá la luz en el BOE en el momento alto de la escalada de los tipos de interés, cuando resulte menos interesante cambiar las condiciones del préstamo.
- Hipoteca inversa. La mayor novedad de la reforma es la regulación de la hipoteca inversa, un producto pensado para mayores de 65 años o personas en situación de dependencia, por el que los beneficiarios reciben una renta por su vivienda (que está exenta de tributación, según la nueva ley del IRPF). La contratación de estos productos está libre de impuestos (en concreto, del AJD). CiU y PSOE han pactado que parte de tales rentas percibidas por esta vía pueda invertirse en Planes de Previsión Asegurados, que disfrutan del mismo beneficio fiscal que los planes de pensiones en cuanto a la desgravación de las aportaciones.
- Rebajas de impuestos. El texto deja fuera las medidas fiscales que más habrían contribuido a eliminar costes en el cambio de hipoteca: exenciones en el AJD y una rebaja en la base sobre la que se paga el tributo. Estas medidas se habían incluido en el borrador de reforma que circuló en 2006, pero se retiraron por la protesta de las comunidades autónomas (es un impuesto que ingresan directamente las autonomías). El portavoz del PSOE, Ricard Torres, no descartó que la rebaja fiscal en las hipotecas se retome con la reforma de la financiación regional.
- Aranceles y comisiones. La reforma rebaja en un 40% los costes de formalización y traspaso de las hipotecas mediante la rebaja de comisiones. Además, establece una reducción cercana al 90% de los aranceles notariales y registrales sobre las escrituras de vivienda.
- Registro de escrituras . Tras diversas modificaciones, el texto establece que las cláusulas de vencimiento y el resto de cláusulas financieras –es decir, la letra pequeña que incluyen los préstamos hipotecarios– se inscribirán en el Registro de la Propiedad tal y como consten en la escritura notarial, pero siempre y cuando “hayan obtenido una calificación registral favorable”. Así, los registradores seguirán supervisando la validez de dichas condiciones, pese a lo que se pretendía anteriormente.
- Control para las tasadoras. El texto aprovecha para actualizar la regulación de las sociedades de tasación, y aumentar su “independencia, transparencia y profesionalidad”. Se obliga a estas firmas a elaborar un reglamento interno sobre las incompatibilidades entre los directivos y administradores, y establece un régimen sancionador.
Después de ocho meses de tramitación, la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso dio luz verde al proyecto de reforma del mercado hipotecario, que ahora continuará su tramitación en el Senado (si las cosas no se tuercen el texto podrá estar aprobado definitivamente antes de que termine la legislatura). Se trata de una norma esencialmente técnica, para modernizar una regulación diversa que data de los años noventa, de los ochenta, e incluso de los cuarenta.
El texto, no obstante, ha aguado algunas de las expectativas depositadas en la reforma: de un lado, deja fuera una rebaja de impuestos asociados a las escrituras, lo que hubiera abaratado más las modificaciones de las hipotecas; de otra parte, verá la luz en el BOE en el momento alto de la escalada de los tipos de interés, cuando resulte menos interesante cambiar las condiciones del préstamo.
- Hipoteca inversa. La mayor novedad de la reforma es la regulación de la hipoteca inversa, un producto pensado para mayores de 65 años o personas en situación de dependencia, por el que los beneficiarios reciben una renta por su vivienda (que está exenta de tributación, según la nueva ley del IRPF). La contratación de estos productos está libre de impuestos (en concreto, del AJD). CiU y PSOE han pactado que parte de tales rentas percibidas por esta vía pueda invertirse en Planes de Previsión Asegurados, que disfrutan del mismo beneficio fiscal que los planes de pensiones en cuanto a la desgravación de las aportaciones.
- Rebajas de impuestos. El texto deja fuera las medidas fiscales que más habrían contribuido a eliminar costes en el cambio de hipoteca: exenciones en el AJD y una rebaja en la base sobre la que se paga el tributo. Estas medidas se habían incluido en el borrador de reforma que circuló en 2006, pero se retiraron por la protesta de las comunidades autónomas (es un impuesto que ingresan directamente las autonomías). El portavoz del PSOE, Ricard Torres, no descartó que la rebaja fiscal en las hipotecas se retome con la reforma de la financiación regional.
- Aranceles y comisiones. La reforma rebaja en un 40% los costes de formalización y traspaso de las hipotecas mediante la rebaja de comisiones. Además, establece una reducción cercana al 90% de los aranceles notariales y registrales sobre las escrituras de vivienda.
- Registro de escrituras . Tras diversas modificaciones, el texto establece que las cláusulas de vencimiento y el resto de cláusulas financieras –es decir, la letra pequeña que incluyen los préstamos hipotecarios– se inscribirán en el Registro de la Propiedad tal y como consten en la escritura notarial, pero siempre y cuando “hayan obtenido una calificación registral favorable”. Así, los registradores seguirán supervisando la validez de dichas condiciones, pese a lo que se pretendía anteriormente.
- Control para las tasadoras. El texto aprovecha para actualizar la regulación de las sociedades de tasación, y aumentar su “independencia, transparencia y profesionalidad”. Se obliga a estas firmas a elaborar un reglamento interno sobre las incompatibilidades entre los directivos y administradores, y establece un régimen sancionador.
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